Fuente: CNMC blog. 15/05/2014
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) publicó su informe sobre el importe que las compañías eléctricas deberán devolver a los consumidores de electricidad con tarifa regulada.
En dicho informe se fijaron varios importes, en función de si los consumidores de electricidad contaban con una tarifa con discriminación horaria o no. Veamos este cuadro de estimaciones:
Las cifras de devolución global a los consumidores estimadas por la CNMC ascenderían «a unos 224 millones de €. En el caso de que se considerara la regularización a los consumidores acogidos al bono social, teniendo en cuenta únicamente en término de energía, el importe a devolver por los COR ascendería a 235 millones de €».
La cantidad de la devolución aparecerá reflejada del forma separada en la factura, en el epígrafe: «Devolución precios Enero-Marzo 2014″.
Fuente: CNMC blog. 15/05/2014
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) publicó su informe sobre el importe que las compañías eléctricas deberán devolver a los consumidores de electricidad con tarifa regulada.
En dicho informe se fijaron varios importes, en función de si los consumidores de electricidad contaban con una tarifa con discriminación horaria o no. Veamos este cuadro de estimaciones:
Las cifras de devolución global a los consumidores estimadas por la CNMC ascenderían «a unos 224 millones de €. En el caso de que se considerara la regularización a los consumidores acogidos al bono social, teniendo en cuenta únicamente en término de energía, el importe a devolver por los COR ascendería a 235 millones de €».
La cantidad de la devolución aparecerá reflejada del forma separada en la factura, en el epígrafe: «Devolución precios Enero-Marzo 2014″.
Tras la anulación de la 25ª subasta CESUR, el Gobierno fijó un precio de 48 euros por MWh para el primer trimestre de 2014. Asimismo, estableció que este importe se regularizaría en función de los precios que se registraran en el mercado mayorista de la electricidad, que han resultado ser inferiores al establecido por el Gobierno.
Acceso a la Resolución de 14 de mayo de 2014, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se determina el valor del término DIFp a aplicar por los comercializadores de referencia en la facturación del consumo correspondiente al primer trimestre de 2014 a los consumidores a los que hubieran suministrado a los precios voluntarios para el pequeño consumidor.
Además, la CNMC ofrece en su web, desde el pasado 1 de julio, una herramienta para que los consumidores puedan contrastar si el importe que se les ha reintegrado es el correcto: SIMULADOR DE LA FACTURA DE LA LUZ.
La CNMC publica el informe sobre la metodología de cálculo de PVPC (Precio Voluntario del Pequeño Consumidor)