Pólizas de seguros de enfermedad y de asistencia sanitaria

 

En relación con la cobertura médica de eventos derivados de la situación actual de Coronavirus, las personas que tengan suscritas pólizas de seguro de enfermedad y asistencia sanitaria deberán comprobar en primer lugar, los términos y condiciones concretas del contrato suscrito con la compañía aseguradora, a fin de ver en qué circunstancias le cubre el seguro.

 

En relación con la cobertura médica de eventos derivados de la situación actual de Coronavirus, las personas que tengan suscritas pólizas de seguro de enfermedad y asistencia sanitaria deberán comprobar en primer lugar, los términos y condiciones concretas del contrato suscrito con la compañía aseguradora, a fin de ver en qué circunstancias le cubre el seguro.

Si hubiera algún tipo de problema o en caso de controversias sobre el alcance de los riesgos cubiertos por una determinada póliza, podrá reclamar a la compañía aseguradora, en primer lugar.

En caso de no recibir respuesta o la respuesta recibida de la compañía aseguradora no fuera satisfactoria, entonces podrá presentar una reclamación ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

Acceda aquí al enlace con la información sobre el procedimiento: 

https://www.dgsfp.mineco.es/es/Consumidor/Reclamaciones/Paginas/InformacionProcedimiento.aspx

Foto seguro enfermedad covid

SERVICIO DE RECLAMACIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES

Le informamos que el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones atiende las diferentes consultas, quejas y reclamaciones que presenten los ciudadanos a través del procedimiento recogido en la Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

El procedimiento que se lleva a cabo es escrito y las consultas, quejas y reclamaciones se pueden presentar de dos formas distintas (en papel y por vía telemática), pero recomendamos que en estos momentos de confinamiento, se presenten por vía telemática con firma electrónica.

Vías de presentación:

* En soporte papel, dirigiendo el escrito al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, situado en la Calle Miguel Ángel, 21 28010 Madrid (Sede provisional).

* Por vía telemática con firma electrónica, a través de la página web de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones

Le recordamos que también puede realizar consultas en el teléfono 952 24 99 82, con el siguiente horario: de lunes a viernes laborables de 9:30 a 14:30 h.

 

Fuente: Ministerio Asuntos Económicos y Transformación Digital

 

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