El Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico acaba de abrir un proceso de consulta pública previa para la actualización del diseño, metodología de cálculo y herramientas de la Certificación Energética de los Edificios.
El Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico acaba de abrir un proceso de consulta pública previa para la actualización del diseño, metodología de cálculo y herramientas de la Certificación Energética de los Edificios.
La consulta quiere recabar la opinión de la ciudadanía y del sector profesional, con el objetivo de que la Certificación Energética de los edificios sea comprensible y útil para los usuarios, y, además, pretende que las herramientas para elaborarla, reflejen adecuadamente la contribución a la mejora de la eficiencia energética que suponen las distintas opciones estructurales, de diseño y tecnológicas disponibles.
Este certificado se considera una pieza clave y esencial para alcanzar los objetivos de rehabilitación y eficiencia energética de edificios establecidos por el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC 2021-2030). Recordemos que este plan incorpora una mejora de la envolvente térmica de 1.200.000 viviendas a lo largo de la década y la renovación de instalaciones térmicas de calefacción y ACS de una media de 300.000 viviendas al año.
OBJETIVOS DE LA NORMA
El objetivo de la consulta es recabar la opinión de la ciudadanía y del sector profesional vinculado a estos procesos y potencialmente afectados por la adaptación de la metodología de evaluación y cálculo regulada mediante los Documentos Reconocidos para la Certificación Energética de Edificios, tal y como establece el Real Decreto 235/2013.
El Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 establece una serie de objetivos en materia de rehabilitación energética de edificios, incluyendo la mejora de la eficiencia energética (envolvente térmica) a lo largo de la década de un total de 1.200.000 viviendas, así como la mejora de la eficiencia energética (renovación de instalaciones térmicas de calefacción y ACS) de 300.000 viviendas/año de media.
El Certificado de Eficiencia Energética de los Edificios se configura como una herramienta estratégica para mejorar la calidad de la información suministrada, valorar el rendimiento energético del edificio y así como su influencia en la toma de decisiones que afectan al mismo.
La actual coyuntura de crisis sanitaria y económica exige redoblar esfuerzos para adaptar el parque edificatorio en España, reduciendo la dependencia energética con actuaciones encaminadas al ahorro energético y el fomento de las energías renovables, suponiendo a su vez un catalizador para la generación de empleo y actividad.
Los próximos años serán muy importantes de cara plasmar sobre la realidad los compromisos y planes estratégicos que se han marcado, con objeto de descarbonizar el parque edificatorio, incrementando de forma sustancial la rehabilitación energética.
Los Certificados de Eficiencia Energética de los Edificios constituyen la fuente de información más relevante sobre la situación energética del edificio, y es una de las claves para valorar su necesidad de renovación.
Los Certificados de Eficiencia Energética de los Edificios aportan una información ex ante para impulsar la inversión inteligente en la rehabilitación energética del edificio, así como en cualquier negocio jurídico sobre el mismo (compra-venta, arrendamientos, etc.). De la misma manera, estos certificados se constituyen en un indicador de medición ex post para evaluar la evolución del rendimiento energético del edificio.
ANTECEDENTES DE LA NORMA:
— La actual metodología está recogida en los llamados Documentos Reconocidos, y regulada por el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, sobre el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, traspone parcialmente la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, en lo relativo a la certificación de eficiencia energética de edificios. Siendo ésta una evolución de la regulada a través del Real Decreto 47/2007, que trasponía a su vez parcialmente la Directiva 2002/91/CE.
— Esta metodología se establece en base al anexo I de dichas Directivas y en coordinación con el Código Técnico de la Edificación.
— La revisión periódica de dichas normativas, y la publicación de la última Directiva 844/2018 de eficiencia energética en la edificación, requiere una evaluación de la actual metodología con objeto de mejorarla y actualizarla.
PLAZO DE REMISIÓN DE ALEGACIONES:
En el plazo comprendido entre el día 17 de noviembre de 2020 hasta el miércoles 2 de diciembre de 2020, se podrán remitir las alegaciones a la dirección de correo:
bzn-sgefe@miteco.es indicando en el asunto: «Consulta Certificación Energética»
Más info en la web: https://energia.gob.es/es-es/Participacion/Paginas/DetalleParticipacionPublica.aspx?k=357