Aprobada la Recomendación sobre los indicadores para evaluar la pobreza energética por los Estados miembro

La pobreza energética es la situación en la que los hogares no pueden acceder a los servicios energéticos esenciales.

La pobreza energética es la situación en la que los hogares no pueden acceder a los servicios energéticos esenciales. Los europeos que no pudieron permitirse calentar adecuadamente sus hogares en 2018 fueron casi 34 millones, por lo que la pobreza energética es un reto importante para la Unión.

El pilar europeo de derechos sociales incluye la energía entre los servicios esenciales a los que toda persona tiene derecho a acceder, y debe prestarse a las personas necesitadas el apoyo para acceder a estos servicios.

La pobreza energética es un concepto clave consolidado en el paquete legislativo titulado «Energía limpia para todos los europeos», concebido para facilitar una transición energética justa.

De conformidad con el Reglamento (UE) 2018/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo (Reglamento sobre la gobernanza), y con la refundición de la Directiva sobre la electricidad, la Comisión debe proporcionar orientaciones indicativas sobre los indicadores adecuados para medir la pobreza energética y sobre la definición de «número significativo de hogares en situación de pobreza energética»

Como actualmente no existe una definición normalizada de «pobreza energética», son los Estados miembros quienes deben desarrollar sus propios criterios en función de su contexto nacional. Sin embargo, el paquete legislativo recientemente adoptado ofrece principios generales e información útiles sobre las posibles causas y consecuencias de la pobreza energética. Y además subraya la importancia de las políticas para abordar el problema, especialmente las relacionadas con los planes nacionales de energía y clima y con las estrategias de renovación a largo plazo.

1Electricidad2020

En sus planes nacionales de energía y clima, los Estados miembros deben evaluar el número de hogares en situación de pobreza energética. Y en el supuesto de que en el marco de este análisis se constante la existencia de un número importante de hogares en situación de pobreza energética, el Estado miembro debe incluir en su plan un objetivo nacional, así como políticas y medidas, para reducir la pobreza energética.

En este contexto se aprueba la Recomendación (UE) 2020/1563 de la Comisión de 14 de octubre de 2020 sobre la pobreza energética (https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2020-81567), en la cual se recomienda a los Estados miembros:

– Desarrollar un enfoque sistemático para la liberalización de los mercados de la energía, con el fin de compartir los beneficios con todos los sectores de la sociedad, en particular los más necesitados.

Tener especialmente en cuenta el documento que ofrece orientaciones sobre indicadores de pobreza energética, así como sobre la definición de lo que constituye una cantidad significativa de hogares en situación de pobreza energética. Es importante señalar que los Estados miembros deben utilizar las orientaciones de la Comisión al ejecutar y actualizar sus planes nacionales de energía y clima vigentes, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento (UE) 2018/1999, sobre la gobernanza de la Unión de la Energía y de la Acción por el Clima.

– Utilizar los indicadores de pobreza energética, descritos en el anexo de la Recomendación, en sus evaluaciones de la pobreza energética.

– Elaborar soluciones políticas integradas como parte de la política energética y social. Estas deben incluir medidas de política social y mejoras de la eficiencia energética que se refuercen mutuamente, especialmente en el ámbito de la vivienda.

– Evaluar los efectos distributivos de la transición energética, en particular las medidas de eficiencia energética en el contexto nacional, y definir y ejecutar políticas que aborden las preocupaciones conexas.

– Desarrollar todas las políticas destinadas a combatir la pobreza energética sobre la base de procesos significativos y responsables de participación pública y de una amplia participación de las partes interesadas.

– Desarrollar medidas destinadas a abordar la pobreza energética basadas en una estrecha cooperación entre todos los niveles de la administración, de forma que se permita, en particular, una estrecha cooperación entre las autoridades regionales y locales, por una parte, y las organizaciones de la sociedad civil y las entidades del sector privado, por otra.

Aprovechar plenamente el potencial que ofrecen la financiación y los programas de la Unión, incluida la política de cohesión, para combatir la pobreza energética, analizando los efectos distributivos de los proyectos de transición energética y priorizando las medidas dirigidas a los grupos vulnerables, a fin de garantizar su acceso al apoyo.

Al asignar fondos públicos, especialmente subvenciones, procurar que se destinen a hogares con bajos ingresos incluidos en las categorías de beneficiarios que disponen de recursos propios muy limitados y de un acceso también limitado a préstamos comerciales. Explorar el papel de las empresas de servicios energéticos y los contratos de rendimiento energético a la hora de proporcionar soluciones de financiación para la renovación de hogares en situación de pobreza energética que permitan a estos hogares vulnerables superar los elevados costes iniciales.

Consulta los indicadores para evaluar la pobreza energética en el anexo de la recomendación de la Comisión https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2020-81567.

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