La obligatoriedad de la información sobre alérgenos es uno de los grandes avances del Reglamento de Información Alimentaria
La demanda social de alimentos sin alérgenos como pasta sin gluten, yogures sin lactosa, galletas sin trazas de frutos secos…, crece como consecuencia del aumento de personas con reacciones adversas a los alimentos, alergias e intolerancias alimentarias.
Hoy en día hay en el mercado una gran cantidad de productos alimenticios que han eliminado el componente alergénico que tenían. Según algunos datos, en los últimos cinco años se han duplicado el lanzamiento de este tipo de productos a nivel mundial (AINIA1).
Los principales reclamos de productos que no contengan sustancias o ingredientes alérgenos utilizados a nivel mundial se comercializan de forma destacada junto a las declaraciones nutricionales, como las siguientes: Bajo en, Sin Agentes Alérgicos, Sin Gluten, Sin lactosa, etc…
La demanda social de alimentos sin alérgenos como pasta sin gluten, yogures sin lactosa, galletas sin trazas de frutos secos…., crece como consecuencia del aumento de personas con reacciones adversas a los alimentos, alergias e intolerancias alimentarias.
Hoy en día hay en el mercado una gran cantidad de productos alimenticios que han eliminado el componente alergénico que tenían. Según algunos datos, en los últimos cinco años se han duplicado el lanzamiento de este tipo de productos a nivel mundial (AINIA1).
Los principales reclamos de productos que no contengan sustancias o ingredientes alérgenos utilizados a nivel mundial se comercializan de forma destacada junto a las declaraciones nutricionales, como las siguientes: Bajo en, Sin Agentes Alérgicos, Sin Gluten, Sin lactosa, etc…
El nuevo Reglamento de Información dirigida al Consumidor, (Reglamento (CE) nº 1169/2011), establece que el consumidor recibirá información de cualquier sustancia que cause alergia o intolerancia alimentaria a través del etiquetado o envase del producto. Fundamentalmente, se indicarán los alérgenos en la lista de ingredientes de forma destacada y clara frente al resto de ingredientes, y ordenados de mayor a menor según el grado de utilización en las etiquetas o envases de los productos alimenticios. Si no hay una lista de ingredientes, se indicará con la palabra “contiene” seguida del alérgeno.
Toda esta información tiene que estar en el etiquetado de los productos envasados de forma clara, incluso aunque exista la posibilidad de que se hayan filtrado sólo trazas de los alérgenos.
Respecto al caso concreto del gluten hay que adaptarse al contenido del Reglamento nº 828/2014, aprobado en julio 2014, que será de aplicación a partir del 20 de julio de 2016.
¿Qué ocurre en el caso de productos no envasados?
Con el actual Reglamento, se debe informar siempre de la presencia de alérgenos en alimentos que se ponen a disposición del consumidor.
Las empresas tienen la obligación de mencionar la presencia de sustancias causantes de alergias e intolerancias alimentarias en todos los alimentos que vendan al consumidor, incluso aquellas empresas que presta servicios a colectividades (bares, restaurantes, comedores, etc…), bien a través de sus cartas, menús, en letreros, u otros materiales, o incluso, verbalmente. Lo importante es que el consumidor reciba la información de los platos con alérgenos.
Con la actual normativa, si un cliente o consumidor sufre una reacción alérgica o intolerancia, la responsabilidad recaerá sobre el establecimiento que tendrá que enfrentarse a una sanción.
¿Cuáles son los alérgenos?
Hay 14 alérgenos sobre las que se debe informar, que son:
• Cereales que contengan gluten: trigo, centeno, cebada, avena, espelta, kamut o sus variedades híbridas y productos derivados
• Crustáceos y productos a base de crustáceos.
• Huevos y productos a base de huevo.
• Pescado y productos a base de pescado
• Cacahuetes y productos a base de cacahuetes.
• Soja y productos a base de soja
• Leche y sus derivados (incluida la lactosa)
• Frutos de cáscara: almendras, avellanas, nueces, anacardos, pacanas, nueces de Brasil, nueces de Australia y productos derivados
• Apio y productos derivados.
• Mostaza y productos derivados.
• Granos de sésamo y productos a base de granos de sésamo.
• Dióxido de azufre y sulfitos
• Altramuces y productos a base de altramuces.
• Moluscos y productos a base de moluscos.
Consulta nuestra ficha informativa sobre Alérgenos AQUÍ para más información.
Los principales causantes de alergias alimentarias son:
Alérgenos de origen animal
• La lactosa y la caseína (proteínas de la leche).
• La proteína de la clara de huevo.
• Algunos componentes de especies de pescados gadiformes (bacalao, merluza) y peces planos (lenguado, gallo).
• Algunos crustáceos y mariscos.
Alérgenos de origen vegetal
• Algunas proteínas de legumbres como la lenteja, garbanzo, judía, alubia, guisante.
• Algunas proteínas del cacahuete
• Algunas proteínas de Gluten procedente de cereales como el trigo, cebada, centeno y avena.
• Alergias orales de algunos componentes de frutas? (manzana, melocotón, albaricoque) y hortalizas (tomate,etc.)?
Si quiere saber más sobre estos temas puede consultar los siguientes ENLACES:
?Documento elaborado por el Panel Científico sobre Productos Dietéticos, Nutrición y Alergias de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA, 2004). Es un estudio amplio y detallado sobre los principales alérgenos alimentarios, junto con sus implicaciones clínicas.
?Informe del Comité Científico de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), de febrero de 2007: Informa sobre los alérgenos alimentarios más frecuentes en España.