Resolución del contrato
¿Tengo derecho a resolver el contrato de suministro eléctrico y por qué motivos?
Sí. El consumidor tiene derecho a resolver su contrato de suministro eléctrico en cualquier momento.
Normalmente, los contratos de suministro a tarifa y de acceso a las redes son de duración anual y se prorrogan tácitamente por plazos iguales. No obstante, el consumidor puede resolver antes de dicho plazo, siempre que lo comunique fehacientemente a la empresa distribuidora con una anticipación mínima de cinco días hábiles a la fecha en que desee la baja del suministro.
Las causas por las que se puede resolver el contrato de suministro eléctrico son las siguientes que se exponen:
- La interrupción del suministro por impago por el consumidor durante más de dos meses.
- La suspensión del suministro o del acceso en los casos de fraude.
- El impedimento de entrada por el personal autorizado en las horas hábiles o de normal relación con el exterior, en los locales donde se encuentran las instalaciones.
- La negligencia del consumidor respecto a la custodia de los equipos de medida y control, con independencia de quién sea el propietario de los mismos.
- La negligencia del consumidor respecto a la instalación de equipos correctores en el caso que produzca perturbaciones a la red y, una vez transcurrido el plazo establecido, ésta no se hubiera efectuado.
Más información sobre los casos en los que no se puede interrumpir el suministro.