Servicio posventa
¿Debe garantizarme un servicio técnico posventa del producto?
Sí.
El productor debe garantizar, en todo caso, la existencia de un adecuado servicio técnico posventa, así como de repuestos durante el plazo mínimo de diez años a partir de la fecha en que el bien deje de fabricarse.
En el caso de que sea necesario la reparación, está prohibido cualquier incremento de los precios de los repuestos al aplicarlos en las reparaciones. La lista de precios de los repuestos deberá estar a disposición del público, así como la del resto de servicios aparejados, debiéndose diferenciar en la factura los diferentes conceptos.
Además, la acción o el derecho de recuperación de los bienes entregados para su reparación por parte del consumidor o usuario al empresario, prescribirá un año después del momento de la entrega. Véase la ley.
¿Durante cuánto tiempo deben garantizarme las piezas de repuesto?
El productor debe garantizar la existencia de piezas de repuestos durante el plazo mínimo de 10 años a partir de la fecha en que el bien deje de fabricarse.
Se trata de un avance en el derecho a reparar de los productos, por lo que, en el caso de que sea necesario una reparación y sea necesario disponer de piezas de repuesto, el productor debe garantizar su existencia en el plazo mínimo de 10 años.
Además, en el caso de que se proceda a la reparación, está prohibido cualquier incremento de los precios de los repuestos al aplicarlos en las reparaciones. Se recuerda que la lista de precios de los repuestos deberá estar a disposición del público, así como la del resto de servicios aparejados, debiéndose diferenciar en la factura que se entregue al consumidor o usuario los diferentes conceptos.
Pero si las condiciones establecidas en el documento de garantía comercial son menos favorables para la persona consumidora o usuario que las Se recuerda que la acción o el derecho de recuperación de los bienes entregados para su reparación por parte del consumidor o usuario al empresario, prescribirá un año después del momento de la entrega. El empresario tendrá que hacer constar el momento en el que se le entrega un bien para su reparación. Véase la ley.