Real decreto para garantizar que todos los niños y niñas tengan cinco comidas saludables a la semana en los centros escolares

El martes 15 de abril, el Consejo de Ministros aprobó un real decreto presentado por Pablo Bustinduy, ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, con el objetivo de mejorar la alimentación en los centros escolares.

Principales medidas del decreto:

  • Consumo diario de frutas y verduras frescas.
  • Aumento de pescado y legumbres en los menús escolares.
  • Eliminación de bebidas azucaradas, bollería industrial y bebidas energéticas.
  • Limitación de alimentos precocinados y frituras.
  • Fomento de alimentos sostenibles y de temporada, priorizando la producción local agrícola y ganadera.

Este decreto se enmarca en una estrategia más amplia orientada a garantizar una alimentación saludable y sostenible en el entorno escolar, con el fin de contribuir al bienestar integral y al adecuado desarrollo físico y cognitivo de los niños y niñas.

Con este real decreto, el Gobierno garantiza el derecho a una alimentación nutritiva y variada para todos los niños y niñas, estableciendo que se sirvan cinco comidas saludables a la semana en todos los centros escolares —públicos, concertados o privados— desde educación infantil hasta bachillerato o ciclos formativos de grado básico o medio.

La medida se basa en las recomendaciones de organismos como el comité científico de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) y la Organización Mundial de la Salud (OMS), y será aplicable independientemente del nivel de renta de las familias. Este último punto es especialmente relevante, ya que el comedor escolar es una herramienta clave para reducir la desigualdad y garantizar el derecho de todos los menores a una alimentación de calidad, además de facilitar la adquisición de hábitos nutricionales saludables que perdurarán a lo largo de su vida.

Según el último Estudio Aladino, el 46,7 % de los niños y niñas de entre 6 y 9 años de familias con ingresos inferiores a 18.000 euros al año presentan exceso de peso. El mismo estudio señala que muchas de estas familias no pueden permitirse consumir frutas y verduras frescas ni ofrecer desayunos completos. Este decreto, por tanto, busca garantizar el acceso igualitario a una alimentación saludable a través de los comedores escolares.

Contenido principal del decreto:

En cuanto a cereales integrales, se deberá ofrecer al menos una ración semanal de arroz o pasta integral, además de varias raciones de pan integral.

Consumo diario de fruta y verdura fresca
Todos los centros escolares con comedor deberán asegurar este consumo, y al menos el 45 % de las frutas y hortalizas deberán ser de temporada, para fomentar modelos de comedores más sostenibles y saludables. Esta medida también busca apoyar la producción local agrícola y ganadera, beneficiando directamente a agricultores y ganaderos españoles.

Mayor presencia de pescado, legumbres y cereales integrales
El decreto establece raciones semanales mínimas siguiendo las directrices de AESAN y la OMS.

Por ejemplo:

Entre una y tres raciones de pescado a la semana. Esta medida tiene un impacto significativo, ya que se estima que 1.200 comedores escolares en España actualmente no sirven pescado nunca, según el informe del Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria 2021–2025.

Legumbres, por su alto valor nutricional y beneficios para la salud, deberán estar presentes como primer o segundo plato, o como guarnición. Según datos de las comunidades autónomas, hasta un 14 % de los centros escolares no cumple con la recomendación de ofrecer legumbres al menos una vez a la semana.

Otro de los puntos clave del real decreto es la prohibición de servir bebidas azucaradas durante las comidas escolares, así como su venta en máquinas expendedoras (vending) o cafeterías dentro de los centros educativos.

En esta misma línea, también se eliminan las bebidas energéticas y los alimentos azucarados o bollería industrial que actualmente se comercializan en estos espacios. El objetivo es reducir el consumo de productos con un alto contenido en azúcares añadidos y grasas no saludables.

En concreto, no podrán venderse productos que superen los 5 gramos de azúcares por porción envasada, ni aquellos que incumplan las recomendaciones de organismos como la Organización Mundial de la Salud (OMS) respecto a los límites de ingesta de grasas, azúcares y sal.

Esta medida busca proteger la salud de los estudiantes y fomentar entornos escolares más saludables, coherentes con la educación nutricional promovida desde las aulas y los comedores.

Criterios nutricionales para los productos alimentarios ofrecidos en los centros escolares

El real decreto establece límites estrictos en la composición nutricional de los productos que se ofrezcan o vendan en los centros escolares, especialmente en máquinas expendedoras y cafeterías. El objetivo es que las opciones de media mañana y merienda no superen el 10 % de las necesidades energéticas diarias, en línea con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN).

Distribución recomendada de la ingesta calórica diaria:

  • CDesayuno: 25 % de la energía diaria (o 15 % si se complementa con un almuerzo del 10 %)onsumo diario de frutas y verduras frescas.
  • Comida (mediodía): 35 %
  • Merienda: 10 %
  • Cena: 30 %

Teniendo en cuenta que los niños y niñas de entre 4 y 16 años requieren en promedio 2.000 kilocalorías al día, se establece que cualquier producto destinado al almuerzo de media mañana o merienda no debe superar las 200 kilocalorías por porción envasada.

Límites nutricionales por porción de 200 kilocalorías:

  • Valor energético total: máximo 200 kcal
  • Grasas totales: máximo 7,8 g (35 % del valor energético)
  • Grasas saturadas: máximo 2,2 g (10 %)
  • Azúcares añadidos o libres: máximo 5 g (10 %)
  • Sal: máximo 0,5 g (equivale a 0,2 g de sodio)

Estos límites responden al objetivo de promover un entorno alimentario saludable y coherente con los principios de una dieta equilibrada en la etapa escolar, así como de prevenir enfermedades relacionadas con el exceso de peso, la hipertensión infantil y otros trastornos metabólicos.

El diagnóstico actual revela un incumplimiento generalizado de los criterios nutricionales recomendados en los centros escolares. Casi el 70 % de las máquinas expendedoras instaladas en los colegios y el 74 % de las cafeterías no respetan las pautas establecidas por organismos como la AESAN y la OMS, lo que expone al alumnado a una oferta alimentaria poco saludable.

Ante esta situación, el real decreto establece una regulación estricta sobre los alimentos y bebidas disponibles en estos puntos de venta. Se prohíbe la venta de productos que superen los límites establecidos en cuanto a valor energético, grasas, azúcares y sal (detallados en la normativa), con el fin de asegurar entornos alimentarios coherentes con la promoción de la salud infantil.

La norma también contempla restricciones en la elaboración de los menús escolares, especialmente en relación con platos precocinados y frituras:

  • Platos precocinados (como pizzas, empanadillas o frituras industriales) solo podrán servirse una vez al mes como máximo.
  • Frituras elaboradas en el propio centro (no precocinadas) podrán servirse como máximo una vez por semana, y se recomienda que se elaboren preferentemente con aceite de oliva o aceite de girasol alto oleico, por su mejor perfil lipídico.

Estas medidas buscan reducir el consumo de alimentos ultraprocesados y mejorar la calidad nutricional de los menús escolares, favoreciendo preparaciones más saludables y equilibradas.

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