HISPACOOP, AUC, CECU, FUCI Y UNAE sobre las medidas excepcionales adoptadas para limitar la cantidad de artículos adquiridos por las personas consumidoras

Las organizaciones de consumidores firmantes aprueban y apoyan la nueva modificación de la normativa, aprobada por el Gobierno, que permite en circunstancias extraordinarias o de fuerza mayor que estén justificadas, que los establecimientos comerciales puedan limitar la cantidad de artículos que puedan ser adquiridos por cada comprador.

Esta medida contribuye a paliar los posibles desabastecimientos puntuales y de determinados productos que la actual situación del mercado puede generar. La modificación determina que estas medidas deberán estar justificadas y, además precisa que las mismas se adoptarán de manera proporcional cuando sea necesario para impedir el desabastecimiento y garantizar el acceso de las personas consumidoras en condiciones equitativas.

Las organizaciones de consumidores consideran necesario garantizar el acceso por parte de todas las personas consumidoras a los productos en el mercado en condiciones equitativas sobre todo ante situaciones excepcionales o de fuerza mayor, que puedan dar lugar a cualquier problema de desabastecimiento de determinados productos en el marco del comercio minorista y por lo tanto ven adecuada la modificación del artículo 9 de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.

Contáctanos

Rellena el formulario con tus datos.

    En Hispacoop cumplimos con el RGPD de la UE por lo que tus datos están seguros. Además, debes aceptar nuestra política de privacidad al enviar un formulario:

    • Responsable: Hispacoop

    • Finalidad: poder gestionar tu petición.

    • Legitimación: tu consentimiento expreso.

    • Destinatario: tus datos se guardarán en Cloudways, - nuestro proveedor de hosting -, que también cumple con el RGPD.

    • Derechos: podrás ejercer tus derechos de acceso, rectificación, limitación y supresión de datos en hispacoop@hispacoop.es