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Derecho de desistimiento

¿Qué se entiende por derecho de desistimiento? ¿Cuándo puedo ejercerlo?

El derecho de desistimiento es la facultad de la persona consumidora de dejar sin efecto el contrato celebrado, notificándoselo a la otra parte contratante (vendedor, empresario, etc.) en el plazo establecido para el ejercicio de este derecho, sin necesidad de justificar su decisión y sin penalización alguna.

La persona consumidora tendrá derecho a desistir del contrato en aquellos supuestos previstos legal o reglamentariamente, y cuando así se le reconozca este derecho en la oferta, la promoción, la publicidad o en el propio contrato.

Todas aquellas clausulas en los contratos que impongan a la persona consumidora y usuaria una penalización por el ejercicio de su derecho de desistimiento serán nulas de pleno de derecho. Véase la ley.

¿Deben informarme del derecho de desistimiento?

Sí, el empresario debe informar a la persona consumidora o usuaria cuando la ley le atribuya este derecho de desistimiento, por escrito en el contrato.

El empresario contratante debe informar a la persona consumidora y usuaria por escrito en el documento contractual, de manera clara, comprensible y precisa, sobre el derecho a desistir del contrato, así como de los requisitos y las consecuencias de su ejercicio. Asimismo, se informará de las modalidades de restitución del bien o servicio recibido.

Igualmente, el empresario deberá entregar a la persona consumidora o usuaria un documento de desistimiento, identificado claramente como tal, en el que se exprese el nombre y dirección de la persona a quien debe enviarse el documento para comunicar el ejercicio de este derecho, así como de los datos de identificación del contrato y de los contratantes a que se refiere.

Pude encontrar un modelo de la información sobre el ejercicio del derecho de desistimiento. Véase el formulario modelo de documento de información al consumidor y usuario sobre el derecho de desistimiento.

Para ejercitar este derecho por parte de la persona consumidora o usuaria basta con que acredite que lo ha comunicado y ejercido este derecho. En todo caso, se entiende válido mediante el envío del documento de desistimiento o devolución de los productos.  Puede emplear el siguiente formulario para desistir del contrato. Véase Formulario para ejercer el derecho de desistimiento.

Véase la ley.

¿Qué plazo dispongo para ejercer mi derecho de desistimiento?

La persona consumidora y usuaria dispone de un plazo mínimo de 14 días naturales para ejercer el derecho de desistimiento.

Este plazo se computa desde la recepción del bien objeto del contrato o desde la celebración de éste, si el objeto del contrato fuera la prestación de servicios.

Si la parte empresaria no ha cumplido con su deber de información a la persona consumidora o usuaria y de documentación sobre el derecho de desistimiento, el plazo para ejercer el desistimiento finalizará 12 meses después de la fecha de finalización del periodo de desistimiento inicial, a contar desde que se entregó el bien contratado o se hubiera celebrado el contrato.

Si durante estos 12 meses se cumple el deber de información por parte del empresario, entonces el plazo legalmente previsto para el ejercicio de ese derecho de desistimiento empezará a contar desde ese momento.

Le corresponderá a la persona consumidora y usuaria probar que ha ejercido su derecho de desistimiento, por lo que puede emplear el siguiente formulario para desistir del contrato. Formulario para ejercer el derecho de desistimiento.

Véase la ley.

Recuerde que en los contratos celebrados a distancia o fuera del establecimiento mercantil, el plazo para ejercer el derecho de desistimiento concluirá a los 14 días naturales sin indicar el motivo y sin incurrir en ningún coste salvo en determinados supuestos previstos que se detallan en el apartado 13.1.5. Más información en el apartado 13.1 Venta a distancia y apartado 13.2 Venta fuera del establecimiento.

Este plazo de desistimiento se amplía a los 30 días naturales, en caso de contratos celebrados tras la visita no solicitada realizada por el empresario en el domicilio del consumidor o usuario, o de excursiones organizadas por el empresario para promocionar o vender bienes o servicios. Véase la ley.

Estos plazos se cuentan a partir del día de la celebración del contrato de servicios; o bien, a partir del día que la persona consumidora y usuaria, o un tercero indicado por ésta, adquiera la posesión material de los bienes solicitados, si se trata de un contrato de compraventa, o bien,

  • En caso de entrega de múltiples bienes encargados por la persona consumidora en el mismo pedido y entregados por separado, contará a partir del día que adquiera el último de los bienes;
  • En caso de entrega de un bien compuesto por múltiples componentes o piezas, contará a partir del día que la persona consumidora adquiera la posesión material del último componente o pieza; 
  • En caso de contratos para la entrega periódica de bienes durante un plazo determinado, será a partir del día que la persona consumidora adquiera la posesión material del primero de esos bienes.

¿Tengo que asumir gastos vinculados al desistir (devolución del producto…)?

No. El ejercicio del derecho de desistimiento por parte del consumidor o usuario no implicará ningún gasto.

A estos efectos se considerará lugar de cumplimiento el lugar donde la persona consumidora y usuaria haya recibido la prestación.

En el caso de que ejercer este derecho, las partes deberán restituirse recíprocamente las prestaciones realizadas, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1.303 y 1.308 del Código Civil.

La persona consumidora o usuaria no tendrá que reembolsar nada por la disminución del valor del bien o del producto, siempre que sea consecuencia de su uso conforme a lo pactado o a su naturaleza, o por el uso del servicio. Además, el consumidor o usuario tendrá derecho a que le reembolsen todos los gastos necesarios y útiles que hubiera realizado en el bien o en el producto.

En el supuesto de que resulte imposible al consumidor o usuario devolver la prestación de objeto del contrato, debido a la pérdida, destrucción u otra causa, que no será excusa para no poder ejercer su derecho de desistimiento. Cuando la imposibilidad de devolución sea imputable a la persona consumidora o usuaria, entonces sí que responderá del valor de mercado que hubiera tenido la prestación en el momento del ejercicio del derecho de desistimiento, salvo que el valor fuera superior al precio de adquisición, en cuyo caso responderá de éste.

Cabe añadir que cuando el empresario hubiera incumplido su deber de información y documentación sobre el derecho de desistimiento, la imposibilidad de devolución sólo será imputable a la persona consumidora y usuaria cuando éste hubiera omitido la diligencia que le es exigible en sus propios asuntos. Véase la ley.

Recuerde que, en el ejercicio del derecho de desistimiento de los contratos celebrados a distancia o fuera del establecimiento mercantil, la persona consumidora y usuaria soportará los costes directos de devolución de los bienes, a menos que la empresa haya aceptado previamente asumirlos o no haya informado a la persona consumidora y usuaria de que le correspondía a ésta hacerse cargo de los costes de devolución.  Por tanto, no deberá abonar los gastos de envío si la empresa no le ha informado con anterioridad que debía hacerse cargo de estos costes, o bien, si la empresa le informa previamente de que dichos gastos serán asumidos por ella. Véase la ley.

Más información del derecho de desistimiento en los contratos a distancia en el apartado 13.1.4 y referente a las obligaciones en el apartado 13.1.5. Consulta el derecho de desistimiento en la venta fuera de establecimiento mercantil en el apartado 13.2.4 y sobre las obligaciones en el apartado 13.2.5.

¿Debe el empresario devolverme las sumas pagadas si desisto del contrato?

Sí. El empresario está obligado a devolver las sumas abonadas o cuotas pagadas por el consumidor y usuario sin retener ningún gasto.

La devolución de estas cuotas o sumas abonadas deberá efectuarlas sin demora indebida y, en cualquier caso, antes de que transcurran 14 días naturales desde la fecha en que la persona consumidora y usuaria haya informado de su decisión de desistir del contrato.

En el caso de que haya transcurrido este plazo sin que la persona consumidora y usuaria haya recuperado la suma adeudada, entonces tendrá derecho a reclamarla duplicada. Asimismo, en este caso el consumidor o usuario puede ser indemnizado por los daños y perjuicios que le hayan causado en lo que excedan de dicha cantidad. Véase la ley.

¿Qué efecto tiene en los contratos complementarios si ejerzo mi desistimiento?

El ejercicio del derecho de desistimiento por parte del consumidor y usuario tendrá por efecto la extinción automática y sin coste alguno de todo contrato complementario, sin perjuicio de los dispuesto para los contratos de crédito al consumo.

Véase la ley.

Lo anterior se exceptúa en aquellos casos en que sean complementarios de contratos celebrados a distancia o fuera del establecimiento en los que, sin perjuicio de su extinción automática, el consumidor y usuario deberá asumir los costes previstos que se concretan en el apartado 13.1.5 y apartado 13.1.8.

Por tanto, el ejercido el derecho de desistimiento sobre el contrato principal implicará que las partes deben restituirse recíprocamente las prestaciones recibidas en virtud del contrato complementario, sin ninguna demora indebida y, en cualquier caso, antes de que hayan transcurrido 14 días naturales desde la fecha en que el consumidor y usuario haya informado al empresario de su decisión de desistir del contrato principal.

En el supuesto de que el empresario no reintegre todas las cantidades abonadas en virtud del contrato complementario en el plazo señalado, el consumidor y usuario podrá reclamar que se le pague el doble de la suma adeudada, sin perjuicio a su derecho de ser indemnizado por los daños y perjuicios sufridos en lo que excedan de dicha cantidad.

El consumidor y usuario tendrá derecho al reembolso de los gastos necesarios y útiles que hubiera realizado en el bien.

En caso de que al consumidor y usuario le sea imposible devolver la prestación objeto del contrato complementario por pérdida, destrucción u otra causa que le sea imputable, responderá del valor de mercado que hubiera tenido la prestación en el momento del ejercicio del derecho de desistimiento, salvo que dicho valor fuera superior al precio de adquisición, en cuyo caso responderá de éste.

Cuando el empresario hubiera incumplido el deber de información y documentación sobre el derecho de desistimiento del contrato principal, la imposibilidad de devolución sólo será imputable al consumidor y usuario cuando éste hubiera omitido la diligencia que le es exigible en sus propios asuntos.

Esto anterior también se aplicará a los contratos complementarios de otros celebrados a distancia o fuera del establecimiento. Para más información ir al apartado 13.1.9.

Al desistir de un producto comprado mediante financiación de un crédito ¿implica también su desistimiento?

Sí.

El ejercicio del derecho de desistimiento de la compra de un producto, inclusive en caso de los contratos a distancia y los celebrados fuera del establecimiento mercantil del empresario, llevará aparejada la resolución del crédito.

Por tanto, si el precio a abonar por el consumidor y usuario ha sido total o parcialmente financiado mediante un crédito concedido por el empresario contratante o por parte de un tercero, previo acuerdo de éste con el empresario contratante, el ejercicio del derecho de desistimiento implicará al tiempo la resolución del crédito.

Además, el ejercicio del derecho de desistimiento, aun estando el contrato vinculado a financiación, será sin penalización alguna para la persona consumidora y usuaria. Véase la ley.

¿Puedo reclamar la devolución o sustitución de un producto defectuoso, aunque haya finalizado el plazo para desistir?

Sí.

El no ejercer el derecho de desistimiento en el plazo que fija la ley, no le imposibilita a la persona consumidora o usuaria para poder reclamar con posterioridad la devolución, o bien, la sustitución del producto en caso de que haya una falta de conformidad del producto.

Por tanto, la falta de ejercicio del derecho de desistimiento en el plazo fijado no será obstáculo para que el consumidor o usuario pueda posteriormente ejercer las acciones de nulidad o resolución del contrato cuando procedan conforme a derecho. Véase la ley.

¿Qué regulación se me aplica con respecto al derecho a desistir si no se recoge ninguna especificación en el contrato?

A falta de previsiones específicas en la oferta, promoción, publicidad o en el propio contrato del derecho de desistimiento reconocido contractualmente, el derecho de desistimiento se ajusta a lo establecido en el texto refundido de la ley de defensa de los consumidores y usuarios.

Véase la ley.

Por tanto, el desistimiento contractual podría darse siempre y cuando no exista una regulación que lo prevea en una ley especial (o más allá de lo previsto por ésta), para lo cual se aplicará subsidiariamente las disposiciones, en materia de desistimiento, de la normativa de protección al consumidor y usuario contenidas en la ley.  

Más información acerca del derecho de desistimiento.

¿Estoy obligado a indemnizar por el desgaste o deterioro de un producto o por el uso de un servicio si ejerzo el derecho de desistimiento?

No.

El consumidor y usuario que ejercite el derecho de desistimiento contractualmente reconocido no tendrá en ningún caso obligación de indemnizar por el desgaste o deterioro del bien, o bien, en su caso, por el uso del servicio debido exclusivamente a su prueba para tomar una decisión sobre su adquisición definitiva.

Además, el empresario, en ningún caso, podrá exigir al consumidor o usuario un anticipo de pago o prestación de garantías, incluso la aceptación de efectos que garanticen un eventual resarcimiento en su favor para el caso de que se ejercite el derecho de desistimiento. Véase la ley

Puede emplear el formulario para el ejercicio del derecho de desistimiento.

¿Tengo el mismo plazo de derecho de desistimiento en la contratación a distancia?

En los contratos a distancia o fuera de establecimiento mercantil, se regula de forma distinta el derecho de desistimiento.

Así, en los contratos celebrados a distancia, el plazo para ejercer el derecho de desistimiento concluirá a los 14 días naturales. Sin embargo, este plazo de desistimiento se amplía a los 30 días naturales, en caso de contratos celebrados tras la visita no solicitada realizada por el empresario en el domicilio del consumidor o usuario, o de excursiones organizadas por el empresario para promocionar o vender bienes o servicios.

Accede a más información el ejercicio del derecho de desistimiento en los contratos a distancia, y sobre los plazos en el apartado 13.1.4 junto con la información sobre las obligaciones del empresario y del consumidor en el apartado 13.1.5. Además, puede consultar el derecho de desistimiento en la venta fuera de establecimiento mercantil en el apartado 13.2.4 y obtener más información sobre las obligaciones del empresario y del consumidor en el apartado 13.2.5.

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El presente proyecto ha sido subvencionado por el Ministerio de Consumo, siendo su contenido responsabilidad exclusiva de la asociación beneficiaria.

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