¿En qué podemos ayudarte?

Facturación

¿Debo recibir la factura electrónica o puedo solicitarla en papel?

Tendrá derecho a recibir la factura en papel sin coste alguno.

Corresponde a todos los usuarios el derecho a la facturación detallada, clara y sin errores, sin perjuicio del derecho a recibir facturas no desglosadas a petición del usuario. Por tanto, para recibir la factura de manera electrónica, la empresa o el operador de telefonía móvil necesitará obtener previamente el consentimiento expreso por parte de la persona usuaria, teniendo siempre el derecho a revocar dicho consentimiento. Véase la ley.

¿Tengo derecho a recibir una factura detallada por el operador?

Sí. Todos los usuarios finales de los servicios de telefonía móvil tienen el derecho a una facturación detallada, clara y sin errores, sin perjuicio del derecho a recibir facturas no desglosadas a petición del usuario.

Por tanto, los usuarios finales tendrán derecho a que los operadores del servicio telefónico móvil les presenten facturas por los cargos en que hayan incurrido, diferenciando debidamente los conceptos de precios que se tarifican por los servicios que se prestan, e incluso, previa solicitud, a que les presenten facturas independientes para los servicios de tarificación adicional.

Los usuarios finales del servicio de telefonía móvil tendrán derecho a obtener facturación detallada con los siguientes elementos, de forma separada para mejor identificación por el usuario:

  • El período de facturación.
  • La cuota mensual fija.
  • Otros cargos mensuales fijos.
  • Cualquier cuota fija no recurrente.
  • Datos agregados por grupos tarifarios, esto es lo relativo a las llamadas nacionales, internacionales, a móviles y a los servicios de tarificación adicional, indicando el número de llamadas efectuadas, el número de minutos y el coste de cada uno de los grupos.
  • Base imponible.
  • El total facturado y los impuestos indirectos.
  • El importe total de la factura, con los impuestos incluidos.

Los abonados a modalidades prepago tendrán derecho a tener acceso a una información equivalente.

En relación con el desglose de las llamadas, deberá incluirse detalle de todas las llamadas facturadas, excluidas las de bajo coste (ver más abajo). Para cada llamada se indicará el número llamada; fecha y hora de la llamada; duración de la llamada; tarifa aplicada; coste total de la llamada;

Por otra parte, quedan excluidas de la obligación de desglose las llamadas de bajo coste, que serán:

  • Llamadas de tarifa en horario normal inferior al equivalente de 3 céntimos / minuto.
  • Llamadas de tarifa en horario normal inferior a 20 céntimos / llamada.
  • Las llamadas gratuitas no deben aparecer en la factura.

 Véase la ley.

¿Puedo escoger un medio de pago distinto?

Sí. Los abonados o usuarios finales tienen derecho a la elección del medio de pago entre los comúnmente utilizados en el tráfico comercial.

No obstante, es importante que revise su contrato celebrado con el operador, ya que este derecho debe hacerse constar en el mismo contrato que se haya celebrado entre el usuario final y el operador, y además en él se especificará los medios de pago alternativos. Véase la ley.

¿Es legal que haya subido mi tarifa por el servicio de telefonía móvil?

La empresa tiene derecho a modificar el contrato siempre y cuando esta modificación esté prevista expresamente en el mismo y el abonado haya sido informado con un mes de antelación a la modificación de las condiciones de su contrato. Normalmente las compañías aprovechan las facturas de meses anteriores para informar sobre dichas modificaciones.

Como persona usuaria tiene derecho a resolver el contrato en cualquier momento, que podrá ser anticipadamente y sin penalización en los casos en los que se hayan modificado las condiciones del contrato impuestas por el operador por motivos válidos especificados en el contrato. Véase la ley.

¿Puedo reclamar ante un problema en mi facturación del servicio que no estoy conforme?

Sí. Como usuario final del servicio tiene derecho a reclamar si no está de acuerdo con la factura recibida.

En caso de disconformidad con una factura recibida, dispone de un plazo de un mes desde la recepción de la factura para presentar la oportuna reclamación, con independencia de si la factura está pagada o no, ante el propio operador. Recuerde que este plazo de un mes es a partir del conocimiento del hecho que motive la reclamación, que en el caso de la factura será desde su fecha de emisión.

La reclamación puede realizarse por vía telefónica, a través de internet, por correo postal, o directamente en las oficinas comerciales. En todo caso, el operador debe aceptar la presentación telefónica de reclamaciones.

Revise su contrato, ya que en él debe figurar el teléfono de atención al público, la dirección electrónica y la página web del operador, así como la dirección postal de la oficina comercial del operador y del departamento de atención al cliente. Esta información también puede aparecer en la factura. Recuerde que el operador tomará nota de la reclamación y está obligado a facilitar un número de referencia para que el abonado pueda hacer un seguimiento de la incidencia.

El plazo para resolver por parte del operador es de un mes desde la presentación de la reclamación o queja por el usuario.

Consulta más información sobre el proceso para reclamar y las distintas vías de reclamación posibles de los usuarios finales de estos servicios.

¿Puedo recuperar mi línea de telefonía móvil si no he pagado las facturas?

Revise su contrato. Puede recuperar la línea telefónica móvil solicitando la restitución de la misma de forma gratuita a su operador, pero deberá atenerse a lo que especifique su contrato.

Cabe indicar que no existe regulación sobre las garantías en caso de suspensión temporal del servicio para el caso de la telefonía móvil, por lo que deberá fijarse en las condiciones establecidas en su propio contrato.

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El presente proyecto ha sido subvencionado por el Ministerio de Consumo, siendo su contenido responsabilidad exclusiva de la asociación beneficiaria.

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